Zorrotz

La polémica jueza que ve “difícil” aprender euskara

Una jueza de Gasteiz ha ordenado al Ayuntamiento de la localidad alavesa de Laudio readmitir a una trabajadora interina que no cumplía el nivel de euskara exigido para su puesto, un Perfil Lingüístico (PL) 3, al argumentar que este idioma presenta «extraordinarias dificultades».

La magistrada del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Gasteiz, Ana María Martínez Navas ha ordenado al Ayuntamiento de Laudio (Araba) readmitir a una trabajadora interina que no cumplía el nivel de euskara exigido para su puesto, un Perfil Lingüístico PL3, al argumentar que este idioma presenta “extraordinarias dificultades”. Fallo dictado tras el recurso que presentó esa trabajadora temporal, que solicitaba ser reconocida como empleada fija del Ayuntamiento.

La demandante trabajó como funcionaria interina desde 2014 hasta 2020 y fue cesada el 6 de octubre de ese año ya que no tenía el perfil 3 exigido. La funcionaria, que en el momento del despido superaba los 45 años, acreditó unos días antes de su cese el PL1, el nivel más bajo en la escala de Perfiles Lingüísticos que manejan las administraciones de la CAV.

El Ayuntamiento argumenta que en su toma de posesión, que firmó la propia trabajadora, se contemplaba la posibilidad de ser cesada si no cumplía los requisitos de euskara, y que ella, tras hacer 8 cursos de aprendizaje de esa lengua en los que invirtió 1.295 horas fuera de su jornada laboral, solo consiguió el nivel 1 (PL1).

La jueza destaca que la trabajadora invirtió 1.295 horas de su propio tiempo de descanso y de ocio y a pesar de ese esfuerzo alcanzó el nivel 1 de euskera.

«La Administración parece olvidar que el euskara ocupa la quinta posición de los idiomas más difíciles del mundo (en algunas listas aparece incluso el primero)», destaca el fallo, que recuerda que «la principal dificultad de esta lengua es que no comparte ninguna conexión con ningún otro idioma ya que ha evolucionado a lo largo del tiempo de forma aislada».

Añade que a ello se suma «la complejidad de su estructura y un vocabulario cuyas palabras cambian de significado al adicionarse uno de los cientos de sufijos, prefijos e infijos que se dan en esa lengua».

La polémica decisión se une a otras protagonizadas por la misma jueza en los últimos años. A continuación destacamos algunos casos:

Febrero 2015

“La jueza que sacó la lanzadera de Etxebarri vive en la calle por la que se prohíbe su paso”

(Titular de DEIA el 19 de febrero de 2015)

La jueza Ana María Martínez Navas, titular del Juzgado número 6 de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao, dio el visto bueno a la prohibición de que la lanzadera entre Galdakao y el metro de Etxebarri entrase en el núcleo urbano de la localidad, a pesar de que reside en la calle Fuenlabrada, vía central por la que se ha prohibido circular a este servicio. La cercanía con la causa no llevó a la magistrada a abstenerse en este proceso -tampoco lo comunicó a las partes- y, el pasado 3 de febrero, desestimó la medida cautelar que solicitaba que, mientras durara el litigio, se permitiese a la lanzadera llegar hasta el metro. Tras esta decisión, el autobús fue enviado de nuevo fuera del núcleo urbano de Etxebarri y los usuarios se veían obligados a realizar ese trayecto de 700 metros hasta el suburbano.

El alcalde de Galdakao Ibon Uribe (PNV), aseguró que la resolución judicial que obligó a la lanzadera a Etxebarri a volver a parar a 700 metros de la estación del metro está «contaminada», porque la jueza reside en la calle por la que circulan estos autobuses.

En una rueda de prensa aseguró que no cuestiona la «capacidad» de la titular del Juzgado de lo Contencioso número 6 de Bilbao, pero afirmó que «debería haberse apartado del caso» al ser parte afectada.

La titular de este Juzgado, Ana María Martínez Navas, anuló las medidas cautelarísimas solicitadas por la Diputación y que habían sido aprobadas días antes por otro juez, y obligó de nuevo a hacer cumplir la prohibición del Ayuntamiento de Etxebarri, que impide a esta línea de Bizkaibus estacionar junto al metro.

Se daba la circunstancia que la jueza Martínez Navas vivía en ese municipio, casualmente, justo en el mismo inmueble donde constaba registrada e instalada la plataforma que se posicionaba en contra de la lanzadera de Etxebarri”.

Abril 2016

La magistrada fue quien levantó el cierre cautelar de la discoteca Budha -clausurada por el Ayuntamiento de Bilbo tras constatar que habían superado en 141 personas el aforo máximo (333)- para «mantener sus 15 empleos» y posibilitar así el pago de las deudas contraídas por los titulares de la sala, que alcanzaban los 244.000 euros.

Vecinos de la capital bilbaína tildaron de inadmisibles los argumentos esgrimidos por la jueza. 

Aquí se puede leer la polémica sentencia:

https://www.poderjudicial.es/cgpj/en/Judiciary/High-Courts-of-Justice/HCJ-Basque-Country/Pressroom/Press-Releases/Una-juez-de-Bilbao-suspende-el-cierre-cautelar-de-una-discoteca-para-permitir-el-mantenimiento-de-15-puestos-de-trabajo

Octubre 2017

Una juez justifica el pago de una prima por la amenaza de ETA a los ertzainas que se prejubilen

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Bilbao estima los recursos de decenas de ertzainas que reclamaron en los tribunales su derecho a percibir la prima por jubilación voluntaria, un derecho que fue suprimido en 2012. El principal argumento que emplea la magistrada Ana María Martínez Navas para darles la razón en este procedimiento se centra en las «difíciles condiciones» laborales que sufrieron los agentes de la Policía vasca «en los años de lucha contra el terrorismo de ETA». Unas circunstancias que avalarían -a su juicio- el mantenimiento de este plus económico, que a diferencia de otros colectivos de funcionarios fue recogido en el acuerdo regulador suscrito por la mayoría sindical con el anterior Departamento de Interior del Gobierno vasco. Estas primas oscilaban entre 7.000 y 10.000 euros en función de las escalas y de otras variables. La sentencia, en todo caso, es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Para estimar las pretensiones de los ertzainas, la magistrada Martínez Navas considera «clarificador» las declaraciones que en 2007 realizaron en el Congreso de los Diputados el secretario general de Erne, Roberto Seijo, y los representantes del PNV, Emilio Olabarria, del PP, María Eugenia Martín Mendizabal, y del PSOE, María José Sánchez Rubio. «Todos ellos -subraya- coincidieron en destacar» sus difíciles condiciones laborales y la necesidad de «regular una edad de jubilación» acorde con el «trabajo tan arriesgado que realizaban».

Enero 2018

Una jueza bilbaína amenaza con acciones legales a ‘El Mundo Today’ por injuriar a los pastores

Considera que una broma publicada por la web satírica constituye un «insulto grave a este digno oficio» y llega a acusar a sus editores de imputar a los cuidadores de rebaños el delito de bestialismo

Ana Maria Martinez Navas ha amenazado a los editores de la publicación satírica El Mundo Today con acciones legales por una noticia falsa publicada en su web en la que sostenían que el «90% de las ovejas en España se cría para fines sexuales». Visiblemente ofendida, la reclamante exige una rectificación y la retirada del contenido al considerar la broma «un insulto grave a la labor de los pastores» y advierte a sus autores que incurren en una «imputación general y gratuita del delito de bestialismo» sobre este colectivo.

En el comunicado, la magistrada considera que el falso artículo de ‘El Mundo Today’ supone un «insulto grave a la labor de los pastores, al trabajo tan duro de los mismos, además de poner de manifiesto la baja consideración social hacia este noble oficio», por lo que exige una «rectificación inmediata y la eliminación del mismo impidiendo su difusión». Además, advierte a sus responsables de la «comisión de un ilícito penal», como es la imputación a los pastores de un delito de bestialismo, «que debe perseguirse de oficio por la Fiscalía sin necesidad de denuncia alguna».

Como en otras ocasiones, el mensaje ha sido contestado por la publicación con otro en el que recuerdan lo obvio: que son «un diario satírico cuyo fin es el entretenimiento» y que todos sus contenidos son «ficción y no se corresponden con la realidad», por lo que «no vemos sentido a publicar rectificaciones» respecto de lo que no es más que «un chiste basado en un tópico de la cultura popular».

Argumentos que no han convencido a la magistrada, que en su lacónica contestación vuelve a la carga: «Estimados Srs: Si es y debe ser entendido como ustedes dicen y publican es algo que no les corresponde valorar a ustedes sino a los Tribunales de Justicia, que así lo examinarán».

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